Cargos por contaminación hídrica en Cabildo
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cinco cargos contra la Planta Cabildo de Minera Las Cenizas, luego de un evento de escurrimiento de aguas lluvia contaminadas ocurrido en junio de 2024. Estas aguas, en contacto con material del muro del depósito de relaves, desbordaron las piscinas colectoras y alcanzaron el cauce de la quebrada Rincón del Chinchorro, en la comuna de Cabildo, Región de Valparaíso.
Origen del incidente y medidas inmediatas
El proyecto, que procesa cobre sulfurado mediante flotación, cuenta con un depósito de relaves en pasta autorizado por la RCA 337/2007. El incidente activó medidas provisionales de la SMA, incluyendo la elaboración de un plan de acción, reparación del talud del muro de confinamiento, limpieza de relaves vertidos en cursos de agua y monitoreo de calidad en quebradas y ríos cercanos.
Detalles de los cargos formulados
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Piscina de aguas recuperadas fuera de norma: se detectaron dimensiones y volúmenes inferiores a lo aprobado, operando con menor revancha de la establecida.
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Desvío en el manejo de aguas lluvia: la operación no se ajustó a lo establecido en la RCA, generando riesgos ambientales.
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Fallas ante contingencias climáticas: no se ejecutaron medidas preventivas adecuadas ni tareas de inspección oportuna.
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Incumplimiento parcial de medidas provisionales: se identificaron retrasos en la limpieza de relaves y ausencia de monitoreos hídricos requeridos.
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Falta de reporte ambiental: la empresa no transmitió datos exigidos sobre la vigilancia ambiental del componente agua dentro de los plazos establecidos.
Plazos y posibles sanciones
La empresa dispone de 22 días hábiles para presentar descargos o 15 días hábiles para proponer un Programa de Cumplimiento. Las sanciones, de acuerdo con la Ley Orgánica de la SMA, pueden ir desde una amonestación escrita hasta multas de 5.000 UTA, clausura o revocación de la RCA, dependiendo de la gravedad de la infracción.
La superintendenta Marie Claude Plumer recalcó: “El cumplimiento ambiental es un imperativo, una condición para el funcionamiento de los proyectos”.














