La patente minera es el pago anual que hace un titular al Estado para mantener vigente su concesión. Si no la paga, la concesión puede terminar en remate. Por eso, el cambio afecta de forma directa a la minería artesanal y a los pequeños y medianos productores.
De un cobro progresivo a una tasa fija
El principal cambio es el monto. En concreto, la nueva ley termina con el cobro progresivo, que tenía un tope de hasta 12 UTM por hectárea, y lo reemplaza por una tasa fija de 0,4 UTM por hectárea.
Además, amplía las causales para que pequeños y medianos productores accedan a una patente rebajada de 0,1 UTM por hectárea. Por ejemplo, elimina requisitos de parentesco y de tipo de sociedad, e incorpora una nueva causal por exploración. Así, el productor no tendrá que presentar los mismos documentos todos los años.
Asimismo, el beneficio ya no será solo para los titulares de las concesiones. De acuerdo con el ministerio, también podrán pedirlo los arrendatarios y quienes exploten legítimamente la mina. Del mismo modo, la rebaja se mantendrá mientras el proyecto tenga una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) vigente o esté en evaluación ambiental.
Más beneficios para la pequeña minería
La ley crea, además, un régimen especial para titulares de hasta 500 hectáreas que desarrollen trabajos mineros y estén empadronados en ENAMI u otro poder de compra reconocido. En esos casos, podrán mantener la patente rebajada por cinco años.
Por otro lado, amplía la superficie que puede acogerse a la patente rebajada. Para la minería artesanal pasa de 50 a 100 hectáreas, y para los pequeños productores, de 100 a 150 hectáreas. También elimina la exigencia de acreditar servidumbres y alarga el beneficio de dos a cinco años.
Pagos y remates postergados hasta 2027
Uno de los puntos más esperados es la postergación. Según el ministerio, la ley aplaza hasta el 28 de febrero de 2027 el pago de las patentes de 2026. Por lo tanto, una vez vigente, también posterga los remates de concesiones mineras en todo el país.
Además, introduce mejoras al procedimiento de remate por no pago. Entre ellas, mecanismos para corregir errores en las listas de concesiones afectas a remate, una mejor regulación de los costos del proceso y una declaración más rápida de terreno franco, es decir, del terreno que queda libre para pedirse de nuevo en concesión.
Por qué se hizo el cambio
La reforma busca corregir los efectos de una ley anterior. De acuerdo con el ministerio, la Ley N°21.420 de 2022 elevó el costo de mantener las concesiones. Como consecuencia, aumentaron los remates y muchos pequeños mineros quedaron expuestos a perder sus pertenencias.
Por eso, en mayo de este año el Ejecutivo ingresó al Congreso un proyecto para simplificar el sistema. Ahora, una vez promulgada y publicada en el Diario Oficial, la nueva ley regirá con reglas más claras y un régimen más favorable.
La mirada del Gobierno
El biministro de Economía y Minería, Daniel Mas, asistió a la votación junto al ministro secretario general de la Presidencia, José García Ruminot. Allí, destacó el respaldo transversal al proyecto. “Esto refleja que existe un diagnóstico compartido: Chile necesita una pequeña y mediana minería vigorosa para desplegar todo su potencial minero”, señaló.
En esa línea, agregó que “no podemos seguir manteniendo regulaciones que obstaculizan a quienes quieren invertir, explorar y producir, especialmente a aquellos mineros que están en la base de nuestra actividad”.
SONAMI: “Esta ley alivia la urgencia”
Por su parte, la Sociedad Nacional de Minería (SONAMI) valoró la aprobación, incluida la postergación de las patentes y los remates que había pedido al Ejecutivo. Sin embargo, advirtió que la reforma puede mejorarse para resolver el problema de fondo.
Según el gremio, la ley mantiene la intervención administrativa en el sistema de amparo, es decir, en las reglas que permiten conservar una concesión. A su juicio, eso debilita la propiedad minera y presiona a Sernageomin. Además, SONAMI echó de menos que se restablecieran montos diferenciados para las concesiones no metálicas.
“Esta ley alivia la urgencia, pero se debe ir más allá para entregar la certeza jurídica que el sector necesita”, afirmó su presidente, Jorge Riesco. Finalmente, sostuvo que mientras el amparo siga sujeto a la discrecionalidad administrativa, “los pequeños y medianos mineros seguirán expuestos a la posibilidad de perder sus concesiones”.
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Preguntas frecuentes
¿Qué cambia con la nueva ley de patentes mineras?
Reemplaza el cobro progresivo, de hasta 12 UTM por hectárea, por una tasa fija de 0,4 UTM por hectárea, y amplía las causales para acceder a una patente rebajada de 0,1 UTM por hectárea.
¿Hasta cuándo se posterga el pago de las patentes de 2026?
Hasta el 28 de febrero de 2027. Una vez vigente la ley, también se postergan los remates de concesiones en todo el país.
¿Quiénes pueden pedir la patente rebajada?
Los titulares que cumplan los requisitos y, desde ahora, también los arrendatarios y quienes exploten legítimamente la mina. Además, hay un régimen especial para titulares de hasta 500 hectáreas empadronados en ENAMI u otro poder de compra.
¿Qué opina SONAMI?
Valoró la aprobación, pero advirtió que la ley mantiene la intervención administrativa en el amparo de las concesiones y no restablece montos diferenciados para la minería no metálica.
¿Cuándo entra en vigencia?
Cuando se promulgue y se publique en el Diario Oficial.














